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Nuevo edificio del Instituto de Educación Superior Pbro. Orlando Bottegal Artículo 1 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Nuevo edificio del Instituto de Educación Superior Pbro. Orlando Bottegal Entre Ríos
Artículo 1.

Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre. Ríos,, a acatar el ofrecimiento de donación formulado por. la Municipalidad de la localidad de Hasenkamp, Departamento Paraná, de un (1) terreno destinado a la construcción de un nuevo edificio para el funcionamiento del Instituto de Educación Superior "Pbro. Orlando Bottegal", que según Plano de Mensura N° 189486, Partida Provincial N° 244971 se ubica en el Departamento Paraná, Distrito María Grande Segunda, Municipio de Hasenkamp, Planta Urbana, Manzana N° 34, con domicilio parcelario en calle San Lorenzo N° 638, con una superficie de un mil doscientos cuarenta metros cuadrados con ochenta y seis decímetros cuadrados (1240,86 m2), dentro de los siguientes límites y linderos:

NORESTE: Recta (1-2) al rumbo S 38° 58' E de 24,77 m., que linda con calle San Lorenzo; SURESTE: Recta (2-3) al rumbo S 51° 02' O de 50,00 m., que linda con Bonifacio ALTAMIRANO y con Juan Alberto ZABALA y con Pedro Germán AYALA y con Elvira Esther PUEBLA y con Carmen Remigia ESPINOSA;

SUROESTE: Recta (3-4) al rumbo N 38° 21' O de 25,00 m., que linda con Municipalidad de Hasenkamp;

NOROESTE: Recta (4-1) al rumbo N 51° 18' E de 49,73 m., que linda con Analía MANUCCI y con Rosaura del Pilar BENEDETICH y con Delia Esther Lucero de GOMEZ.



Provincia de Entre Ríos Artículo 1 Autorización al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a acatar el ofrecimiento de donación formulado por la Municipalidad de la localidad de Hasenkamp, de un (1) determinado terreno. Nuevo edificio del Instituto de Educación Superior Pbro. Orlan
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en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?

Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.

No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.


Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?


Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)


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