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Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Artículo 50 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Mendoza
Artículo 50.

El órgano coordinador de los Sistemas de Administración Financiera dispondrá la devolución al órgano rector del Sistema de Tesorería y Gestión Financiera, de las sumas acreditadas en las cuentas de las jurisdicciones y unidades organizativas de la Administración Provincial, excepto el Departamento General de Irrigación, que se hayan mantenido sin utilización durante un ejercicio económico-financiero, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados o fondos de terceros.

En dicho caso, previa notificación, se dispondrá el cierre de aquellas cuentas bancarias que no hayan tenido movimiento durante un año calendario, transfiriendo las sumas acreditadas en las mismas a las del órgano rector del Sistema de Tesorería y Gestión Financiera.

A tal fin se creará el padrón de cuentas corrientes oficiales que abarque a todas las instituciones de la Administración Provincial. El mencionado padrón será creado y administrado por la Tesorería General de la Provincia.

Provincia de Mendoza Artículo 50 Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control del Sector Público
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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