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Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Artículo 169 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Mendoza
Artículo 169.

El plan provincial de inversión pública se integra con los proyectos que se hayan formulado y evaluado según los principios, normas y metodologías establecidas por la unidad rectora central del Sistema de Inversión Pública, incluyendo las construcciones por administración, contratación, concesión y peaje.

Los proyectos de inversión que se incluyan en el proyecto de Ley General de presupuesto de cada año, y aquellos que soliciten transferencias, aportes, créditos u otorgamiento de avales del Sector Público Provincial para la realización de obras públicas provinciales, municipales o privadas, deben ser evaluados conforme lo establece el párrafo anterior.

Las jurisdicciones y unidades organizativas deben preparar la propuesta del plan de inversiones del área, seleccionar los proyectos prioritarios siempre y cuando éstos cumplan con las condiciones establecidas por la metodología de evaluación y remitir la información requerida por la unidad rectora central del Sistema de Inversión Pública.

Provincia de Mendoza Artículo 169 Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control del Sector Público
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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