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Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Artículo 150 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Mendoza
Artículo 150.

Los contratos quedarán perfeccionados en el momento de notificación del acto administrativo de adjudicación o entrega de la orden de compra o suscripción de contrato, el que fuere anterior. Los órganos licitantes podrán dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.

Perfeccionado el contrato, el mismo debe ser ejecutado por el adjudicatario, conforme las condiciones establecidas en su oferta, en la presente Ley, su reglamentación y en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Técnicos o en las Planillas de Cotización.

Provincia de Mendoza Artículo 150 Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control del Sector Público
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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