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Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Artículo 127 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Mendoza
Artículo 127.

Las formalidades legales exigidas para la incorporación o baja patrimonial son las siguientes:

a. ALTAS:

1. Voluntarias:

I. Onerosas: según las exigencias impuestas en el régimen de compras de acuerdo a su monto. Los bienes inmuebles y vehículos necesitarán aprobación del Poder Ejecutivo o de las máximas autoridades de los Poderes Legislativo o Judicial.

II. Gratuitas:

i. Sin cargo: aceptación por decreto del Poder Ejecutivo o acto equivalente de las máximas autoridades de los Poderes Legislativo o Judicial.

ii. Con cargo: aceptación por decreto del Poder Ejecutivo el que debe ser ratificado por el Poder Legislativo.

2. Forzosas: Solo aquellas dispuestas por ley.

b. BAJAS: la baja definitiva del patrimonio de la Administración Provincial se tramitará a través de decreto y conforme la documentación que respalde su salida del patrimonio.

1. Por razones normales de uso: debe constar el informe técnico respectivo a los efectos de verificar y certificar el cumplimiento de la vida útil estimada del bien. En todos los casos las actuaciones deben ser remitidas al Tribunal de Cuentas.

I. Bienes muebles: por acto administrativo de las autoridades máximas de las jurisdicciones y unidades organizativas. II. Bienes inmuebles: por ley.

c. TRANSFERENCIAS: podrán transferirse al Estado Nacional, los Municipios o entidades de bien público los bienes muebles declarados fuera de uso, siempre que su valor de rezago, individualmente considerado no exceda del diez por ciento (10%) del monto establecido como límite vigente para realizar contratación directa.

a. Para el caso de transferencias a entidades de bien público, las mismas podrán ser autorizadas y transferidas por decreto del Poder Ejecutivo.

b. En los casos que los bienes se encuentren en condiciones de ser declarados fuera de uso y excedan el límite del diez por ciento (10%) antes citado, se deberá tramitar la excepción conforme se disponga en la reglamentación.

c. Para el caso de transferencias entre organismos que forman parte del presupuesto general de la Administración Provincial, se realizará mediante resolución de transferencia y aceptación de las autoridades de cada jurisdicción.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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