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Modificacion de Leyes Impositivas Artículo 257 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Modificacion de Leyes Impositivas Nacional
Artículo 257.

Sustitúyese el artículo 1069 del Código Aduanero por el siguiente:

"ARTÍCULO 1069.- 1. Sólo son susceptibles de repetición: a) los pagos efectuados en forma espontánea; b) los pagos efectuados a requerimiento del servicio aduanero, siempre que la respectiva liquidación:

1) no hubiere sido objeto de revisión en el procedimiento de impugnación; o 2) no estuviere contenida en la resolución condenatoria recaída en el procedimiento para las infracciones 2. No será necesario promover la repetición prevista en el apartado 1 cuando el acto hubiere sido dictado por el Director General de Aduanas o dicho acto hiciera aplicación directa de una resolución dictada o de una instrucción impartida a los agentes del servicio aduanero por el Director General.

3. En los supuestos mencionados en el apartado 2, el administrado podrá optar entre formular la repetición reglada en este Capítulo o deducir el recurso de apelación o la demanda contenciosa contemplados en el artículo 1132."

Nacional Artículo 257 Modificacion de Leyes Impositivas
Artículo 1 ...255 256 257 258 259 ...319

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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