Imprimir

Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 11 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Orgánica del Poder Judicial Jujuy
Artículo 11. RESOLUCIONES, NORMAS

El Superior Tribunal de Justicia, los tribunales colegiados y los juzgados, llevarán los libros que exija el régimen interno. Los acuerdos, sentencias y resoluciones se redactarán a máquina, usando tinta negra fija y con dos copias al carbónico, las que también serán firmadas. Para los juicios ejecutivos y apremios fiscales en que no se opusieron excepciones, así como en los demás casos en que lo disponga el Superior Tribunal, podrán extenderse las sentencias en formularios adecuados.

Con el original se formará el libro de sentencia, procurando darle un tamaño y características similares a los actuales. Una copia de la sentencia se agregará al expediente y con la otra se formará un legajo anual que, debidamente encuadernado, debe ser remitido al archivo de los tribunales en el mes de enero (*) del año siguiente, incluyéndose el índice, que deberá también agregarse en el libro de sentencias.- *) Debe entenderse "febrero".-



Provincia de Jujuy Artículo 11 Ley Orgánica del Poder Judicial
Artículo 1 ...9 10 11 12 13 ...209

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse