Imprimir

Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 50 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Orgánica del Poder Judicial Entre Ríos
Artículo 50. Superintendencia

Cada cámara en su fuero y dentro de su competencia territorial tiene los siguientes deberes y facultades:

1. Enviar al Superior Tribunal en el mes de febrero de cada año, un informe del movimiento general de los tribunales y reparticiones bajo su superintendencia, con indicación de los inconvenientes notados y de las mejoras aconsejadas.

2. Proponer al Superior Tribunal, reformas de organización o procedimiento.

3. Fijar los turnos jurisdiccionales de sus salas.

4. Imponer a secretarios, funcionarios y empleados de su jurisdicción, las sanciones correctivas previstas en el art. 9º, inc. 2, apart. a) e inc. 3.

5. Practicar inspecciones anuales en los juzgados de primera instancia y de instrucción de su competencia territorial.

6. Conceder licencia a secretarios, funcionarios y empleados de la cámara de hasta treinta días y elevar al Superior Tribunal las solicitudes de licencia que excedan sus facultades, con las observaciones que considere oportunas en razón de la funcionalidad, sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 51, inc. 5.

7. Proponer al Superior Tribunal el nombramiento de su personal.

8. Imponer a jueces de primera instancia o de instrucción, fiscales de cámara, agentes fiscales y defensores de pobres y menores, las sanciones previstas en el art. 9º, inc. I, aparts. a), b) y c).

9. Practicar visitas de cárceles por lo menos una vez cada seis meses.

Para resolver y adoptar medidas sobre superintendencia, la cámara integrada por dos o más salas se reunirá en acuerdo, formulada la convocatoria por su presidente, sin perjuicio de que en la primera reunión se determinen fechas de acuerdos a tales efectos.

En tales acuerdos las decisiones se tomarán por simple mayoría.



Provincia de Entre Ríos Artículo 50 Ley orgánica del Poder Judicial
Artículo 1 ...48 49 50 51 52 ...157

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse