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Ley orgánica del ministerio público Artículo 55 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley orgánica del ministerio público Mendoza
Artículo 55. Secretarios Los Defensores de Pobres y Ausentes

Secretarios Los Defensores de Pobres y Ausentes, los Defensores en lo Penal de Menores y los Asesores de Menores e Incapaces son asistidos por Secretarios quienes desempeñarán sus funciones bajo su directa e inmediata dependencia.

Son designados por el Procurador General a propuesta de aquellos. Se tendrá en cuenta al respecto el régimen de designación y promoción del personal del Poder Judicial y tendrán la clase o categoría escalafonaria correspondiente al órgano en que se desempeñan.

Los Secretarios, como jefes de oficina, tienen a su cargo la organización de las actividades que se realicen en esta, sin perjuicio de las que le encomienden su superior jerárquico inmediato o el Secretario General de la Defensa en su caso, para una mejor prestación del servicio y de acuerdo a lo que determine la reglamentación.

Podrán proponer a sus superiores jerárquicos inmediatos la implementación o reforma de todo aspecto vinculado con su función y la implementación de las actividades de capacitación que estimen necesarias. Deberán comunicar a éstos toda cuestión disciplinaria vinculada con los empleados de su oficina y seguir sus directivas.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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