Imprimir

Ley General de Reconocimiento y Protección de las Personas Apátridas Artículo 10 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley General de Reconocimiento y Protección de las Personas Apátridas Nacional
Artículo 10.

No sanción por ingreso o permanencia irregular. No se impondrá a la persona apátrida ni a la solicitante del reconocimiento de tal condición sanciones penales, o administrativas por causa de su entrada o presencia migratoria irregular, siempre que se presente sin demora a las autoridades y alegue causa justificada de su entrada o presencia migratoria irregular.

Si como resultado del análisis de la solicitud el solicitante de la condición de apátrida fuera reconocido como tal, se dejará sin efecto toda medida judicial o administrativa que se hubiera dictado motivada en su ingreso o presencia migratoria irregular.



Nacional Artículo 10 Ley General de Reconocimiento y Protección de las Personas Apátridas
Artículo 1 ...8 9 10 11 12 ...60

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse