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Ley electoral de la provincia Artículo 44 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley electoral de la provincia Mendoza
Artículo 44.

Cuando el presidente y los suplentes acreditados ante la mesa ejerzan sus funciones en otra en la que no figuren inscriptos, podrán votar en la mesa que actúan. En igual situación también podrá hacerlo un (1) fiscal por partido político acreditado ante la mesa.

En todos los casos, el nombre del votante, se consignará en forma manuscrita en los dos ejemplares de las actas, con todos los datos correspondientes y, además el cargo que ejerce cada uno y la mesa a que pertenece.

Es requisito indispensable para emitir el voto en las circunstancias señaladas en el parrafo anterior, que la persona agregada figure inscripta en el registro del colegio electoral donde funciona la mesa en la cual emitirá el sufragio y se domicilie en el mismo, situación que deberá acreditar con la libreta de enrolamiento o cívica.



Provincia de Mendoza Artículo 44 Ley electoral
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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