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Ley de seguridad aeroportuaria Artículo 35 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de seguridad aeroportuaria Nacional
Artículo 35.

Son requisitos para ser miembro de la Policía de Seguridad Aeroportuaria:

1. Ser ciudadano argentino, nativo o por opción.

2. Acreditar aptitud psicofísica compatible con la función y tarea a desarrollar.

3. Declarar bajo juramento cumplir y hacer cumplir la Constitución Nacional y las leyes de la República.

4. Observar una conducta pública adecuada al ejercicio de la función pública y a la función específica que reglamenta la presente ley, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 2º y 3º de la Ley 25.188 de Etica en el Ejercicio de la Función Pública.

5. Aprobar los programas y requisitos de formación y capacitación que establezca la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

6. Cumplir con las condiciones fijadas por la presente ley y sus normas reglamentarias.

7. Enseñanza media completa o sus equivalentes.
 



Nacional Artículo 35 Ley de seguridad aeroportuaria
Artículo 1 ...33 34 35 36 37 ...105

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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