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Ley de Promoción Minera Artículo 9 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley de Promoción Minera Salta
Artículo 9.

Las empresas mineras que desarrollen obras de infraestructura económica y social de comunicación, vial, ferroviaria y/o energéticas, podrán compensar parcial o totalmente su inversión con las regalías mineras, siempre que las obras sean declaradas de beneficio público, y que su proyecto y realización estén en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional y/o local.

La declaración de beneficio público y el porcentaje a reconocer por la obra, será determinado por una Comisión integrada por representantes del Poder Legislativo, a traves de las Comisiones competentes, del Poder Ejecutivo Provincial, del Departamento Ejecutivo Municipal, de un representante de las Comunidades Originarias legalmente constituidas y otras entidades con competencias que determine la reglamentación, en un plazo no mayor a noventa (90) días. Cumplido el plazo de noventa (90) días sin que se hayan expresado todos sus representantes, se tomará por válido lo establecido por los representantes que expresaron su decisión con respecto al proyecto.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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