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Ley de presupuesto provincial para el ejercicio fiscal año 2017 Artículo 35 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley de presupuesto provincial para el ejercicio fiscal año 2017 San Juan
Artículo 35.

Fijese en la suma que para cada caso se indica los presupuestos de operacion para el año 2017 de los siguientes organismos, estimandose la suma de los recursos en el mismo monto conforme al detalle que figura en planillas anexas que forman parte integrante de la presente ley

OTROS ENTES                                    IMPORTES
 TOTAL OTROS ENTES                             1.140.408.000
 Caja de accion social de la provincia           646.036.000
 Caja mutual de la provincia                     494.372.000


En caso de que aun no hayan superado sus recursos especificos y deba hacerse frente a incrementos en las partidas personal, bienes y servicios no personales, transferencias y otros gastos, el poder ejecutivo podra incrementar el calculo de recursos ( cuando sean de estimacion cierta) y el presupuesto de gastos en aquel monto necesario pura y exclusivamente para hacer frente a esas erogaciones.

La cantidad de cargos para cada organismo es la establecida en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente ley.



Provincia de San Juan Artículo 35 Ley de presupuesto provincial para el ejercicio fiscal año 2017
Artículo 1 ...33 34 35 36 37 ...40

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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