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Ley de creación del Instituto Jujeño de Energías Renovables y Eficiencia Energética Artículo 5 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de creación del Instituto Jujeño de Energías Renovables y Eficiencia Energética Jujuy
Artículo 5. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO INTERINSTITUCIONAL

El Consejo Directivo Interinstitucional tendrá por funciones:

a. Definir las líneas de desarrollo estratégico.- b. Elaborar y aprobar el plan anual de actividades y su presupuesto, Plan de Inversiones para Infraestructura, equipamientos principales y complementarios.- c. Aprobar la reglamentación interna de funcionamiento, la estructura orgánica y los informes, sobre la actividad y funcionamiento del Instituto Jujeño de Energías Renovables y Eficiencia Energética.- d. Determinar las prioridades de incorporación de personal.- e. Determinar las solicitudes de fondos a las instituciones parte u otras fuentes externas, su inversión y rendición anual.- f. Promover acuerdos con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que puedan aportar al objetivo institucional.- g. Establecer las condiciones de confidencialidad adecuadas para las actividades y resultados de las investigaciones.- h. Establecer la política de propiedad intelectual de acuerdo a la normativa vigente.- i. Mantener informadas a las instituciones que conforman el Instituto Jujeño de Energías Renovables y Eficiencia Energética sobre las decisiones tomadas y derivar para consideración de las mismas toda decisión con repercusión patrimonial o legal.- j. Toda otra facultad que sea necesaria para el mayor cumplimiento de los objetivos establecidos por la presente Ley.- El Director General tendrá las siguientes funciones:

a. Gestionar los proyectos y actividades para el cumplimiento de los objetivos del Instituto Jujeño de Energías Renovables y Eficiencia Energética.- b. Gestionar los recursos humanos necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Instituto Jujeño de Energías Renovables y Eficiencia Energética.- c. Gestionar los recursos económicos que se le asignen y su correspondiente rendición de cuentas.- d. Organizar, coordinar, dirigir y autorizar los servicios de asesoramiento y transferencia que realice la institución.- e. Mantener las relaciones necesarias con otros Centros de Investigación y Desarrollo para el cumplimiento de los fines institucionales.- f. Gestionar la concertación de acuerdos con otras Instituciones, así como su cooperación con los fines específicos del Instituto Jujeño de Energías Renovables y Eficiencia Energética, los que serán formalizados en Convenios a aprobar por el Consejo Directivo Interinstitucional.- g. Presentar en tiempo y forma la información requerida por el Consejo Directivo Interinstitucional sobre aspectos de investigación, tecnología, transferencia y/o gastos e inversiones.- h. Convocar a las reuniones ordinarias del Consejo Directivo Interinstitucional.- i. Asumir la representación formal del Instituto Jujeño de Energías Renovables y Eficiencia Energética en eventos de la especialidad y ante organismos públicos o privados en el ámbito Nacional e Internacional.- j. Las demás funciones que le asigne el Consejo Directivo Interinstitucional y el reglamento interno.-



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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