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Implementación de la convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción Artículo 34 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Implementación de la convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción Nacional
Artículo 34.

De acuerdo con los términos del Anexo sobre Verificación, parte II "B", sobre Privilegios e Inmunidades de la Convención, corresponde otorgar a los inspectores de la Organización y observadores de otros Estados parte los privilegios e inmunidades que gozan los diplomáticos extranjeros en nuestro país, dispuestos en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961, durante el término que duren sus funciones en el país. Se otorgará a cada inspector de la Organización una visa, y la documentación que sea necesaria, para poder cumplir con sus funciones, con una validez de DOS (2) años a partir de la fecha de su emisión. En caso de que por cualquier circunstancia alguno de los inspectores cesare en sus funciones con anterioridad a los DOS (2) años, caducarán al mismo tiempo los privilegios e inmunidades otorgados, así como las visas y demás documentación. El alcance legal de los privilegios e inmunidades diplomáticas de los funcionarios y empleados de la Organización, se regirán por el acuerdo entre ambas partes, garantizando el Estado nacional el cumplimiento de este acuerdo. CAPITULO VI De las inspecciones



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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