Expropiacion de inmuebles en departamento Capital (Expropiacion de inmuebles en departamento Capital) Provincia de San Juan
Expropiacion de inmuebles en departamento Capital Provincia de San Juan
- Artículo 1. Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación conforme a la Ley...
- Artículo 2. Las parcelas a expropiar serán destinadas a la localización de la nueva...
- Artículo 3. La Dirección de Geodesia y Catastro de la Provincia, es la encargada de...
- Artículo 4. El trámite judicial de expropiación consecuencia de esta Ley tramitará por...
- Artículo 5. Para dar cumplimiento al objeto de la presente Ley, el Ministerio de...
- Artículo 6. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Adhesión de la provincia a la ley nacional N° 27287 de manejo de crisis y riesgos civiles Aprobación del Contrato de Fideicomiso Fondo Fiduciario de Infraestructura Fase 6, Veladero Segunda Adenda, al Contrato de Fideicomiso de Administración y Asistencia Financiera Vitivinícola 2014 Se aprueba la Adenda al Convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Juan y los diecinueve municipios Apruebase el Convenio Marco de Asistencia y Cooperacion Mutua, Acta Complementaria y Acta de EntregaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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