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Exímese del gravamen establecido por la Ley Nº 25.063, Título V, de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, y sus modificaciones, a entidades y organismos provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendidos en el artículo 1º de Artículo 2 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Exímese del gravamen establecido por la Ley Nº 25.063, Título V, de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, y sus modificaciones, a entidades y organismos provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendidos en el artículo 1º de la Ley Nº 22.016, que se encuentren en proceso de privatización total o parcial Nacional
Artículo 2.

Remítase la deuda por las obligaciones tributarias derivadas de la aplicación de la Ley 25.063, Título V, de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta y sus modificaciones, a las entidades y organismos provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprendidos en el artículo 1° de la Ley 22.016, correspondiente a ejercicios en los que dichos entes se encontraban bajo proceso de privatización total o parcial.
 



Nacional Artículo 2 Exímese del gravamen establecido por la Ley Nº 25.063, Título V, de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, y sus modificaciones, a entidades y organismos provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendidos en el artículo 1º de
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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