Estatuto del personal docente de la Provincia Artículo 114 Provincia de Buenos Aires
Estatuto del personal docente de la Provincia Buenos Aires
Artículo 114.
El personal docente tiene derecho a licencias por las siguientes causas:
a) Por enfermedad o accidente de trabajo.
*Inciso b) "Por examen médico pre-matrimonial y exámenes y/o prácticas de prevención para la salud".
c) Por matrimonio.
d) Por maternidad o adopción.
e) Por nacimiento de hijo.
f) Por atención de familiar enfermo.
g) Por donación de sangre.
h) Por razones de profilaxis.
I) Por unidad familiar o cuidado de familiar a cargo.
j) Por duelo familiar.
k) Por examen médico por incorporación al servicio militar.
l) Por servicio militar o incorporación a reserva de las FF.AA.
ll) Por preexamen y examen.
m) Por citación de autoridad competente.
n) Por vacación anual.
ñ) Por donación de órganos.
o) Por causa particular.
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Buenos dìas: Me podrìan informar si existe un tipo de licencia especial para que una madre pueda amamantar a su bebe en los primeros meses de vida? Pregunto porque esta licencia existe en el Estatuto docente de CABA, bajo la denominaciòn: Art. 70 W. Gracias
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