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Establécese la tasa por actuaciones ante el tribunal fiscal de la nación en la ciudad autónoma de buenos aires y en delegaciones fijas o móviles que se establezcan en cualquier lugar del país Artículo 7 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Establécese la tasa por actuaciones ante el tribunal fiscal de la nación en la ciudad autónoma de buenos aires y en delegaciones fijas o móviles que se establezcan en cualquier lugar del paí Nacional
Artículo 7. Incumplimiento del pago de la tasa por actuaciones. Procedimiento

Las resoluciones que ordenaren el pago de la tasa por actuaciones, deberán cumplirse dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación, personal o por cédula, de la parte obligada al pago o de su representante.

Transcurrido ese término sin que hubiere efectuado el pago o manifestado la oposición fundada a éste, y constatado el incumplimiento, el secretario general del tribunal librará el certificado de deuda ordenado por la vocalía, el que será título suficiente, habilitante para que la Administración Federal de Ingresos Públicos proceda al cobro de los conceptos adeudados, mediante el procedimiento de ejecución fiscal (artículo 92 y consecutivos de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones).

Desde el vencimiento del plazo a que se refiere el primer párrafo del presente artículo, la suma adeudada en concepto de tasa por actuaciones devengará intereses resarcitorios, a los cuales será aplicable lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.

Si fuera necesario recurrir a la vía judicial para hacer efectivo el crédito en concepto de tasa por actuaciones, el importe adeudado devengará intereses punitorios según lo dispuesto por el artículo 52 de la citada ley.

El domicilio fiscal registrado por el responsable ante la Administración Federal de Ingresos Públicos a los fines del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, tendrá carácter de domicilio constituido en el juicio de ejecución fiscal de las sumas adeudadas, siendo válidas y eficaces todas las notificaciones y diligencias que allí se practiquen. En el caso de deudores sin domicilio fiscal registrado ante dicho organismo, tendrán igual carácter el domicilio procesal constituido en el expediente en que se generó la tasa y, a falta de éste, el domicilio real denunciado en dicho expediente.

En el caso que medie oposición fundada se podrá ordenar la formación de incidente por separado.

Ninguna de las circunstancias expuestas impedirá la prosecución del trámite normal del juicio.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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