Establecen política provincial de promoción y desarrollo para la producción Artículo 5 Provincia de Entre Ríos
Establecen política provincial de promoción y desarrollo para la producción Entre Ríos
Artículo 5. Promoción del Biogás en la Generación Eléctrica
Se establece la obligación del Poder Ejecutivo Provincial de promover y estimular, a través de programas específicos, la utilización de biocombustibles en todas las actividades relacionadas con la generación de energía eléctrica en la provincia. Esto incluye tanto la generación centralizada en módulos de potencia como la generación distribuida de baja y media potencia, ya sea comunitaria o no, así como la producción de energía mediante autogeneradores o grupos electrógenos. Conforme a las normativas actuales y futuras dictadas por el ENARGAS, también se debe fomentar y promover la producción y uso del biogás en todas sus formas y composiciones como biocombustible. Se apoyará su utilización en los sectores mencionados anteriormente, aprovechando la infraestructura gasífera provincial existente y cualquier otro sistema de distribución que se adapte y sea apropiado para su desarrollo.
Provincia de Entre Ríos Artículo 5 Establecen política provincial de promoción y desarrollo para la producción, autoconsumo y comercialización de biocombustibles y bioenergía
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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