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Emergencia en la prestación de servicios públicos esenciales de energía eléctrica, agua potable y ef Artículo 9 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Emergencia en la prestación de servicios públicos esenciales de energía eléctrica, agua potable y efluentes cloacales Chubut
Artículo 9. Consejo Consultivo de los Servicios Públicos de la Provincia del Chubut

Créase el Consejo Consultivo de los Servicios Públicos que estará integrado por miembros representantes del Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, representantes de los Municipios y Concejos Deliberantes de todos los Municipios, Comunas Rurales de la Provincia del Chubut, la Federación Chubutense de Cooperativas de Servicios Públicos y los Sindicatos que nucleen a los trabajadores del área. Será función del Consejo Consultivo el análisis y desarrollo de políticas de Estado tendientes a superar el estado de emergencia declarado por la presente Ley.

El Consejo Consultivo, además, tendrá amplias facultades de seguimiento e investigación sobre las obras, debiéndosele facilitar a simple solicitud información sobre las mismas. Las tarifas de referencia provincial que establezca el Consejo Consultivo a través de su Comité Ejecutivo o por el organismo que lo reemplace, sólo serán aplicables por las prestatarias previa aprobación de los órganos municipales correspondientes.



Provincia del Chubut Artículo 9 Emergencia en la prestación de servicios públicos esenciales de energía eléctrica, agua potable y efluentes cloacales
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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