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El Estado Provincial interviene en los procesos de recuperacion de Empresas Artículo 4 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

El Estado Provincial interviene en los procesos de recuperacion de Empresas Mendoza
Artículo 4.

La cooperativa de trabajo constituida o en formación que solicite su incorporación al régimen de empresas recuperadas deberá presentar al Poder Ejecutivo, por intermedio de la autoridad de aplicación, conjuntamente con la solicitud respectiva, un plan de trabajo que detalle la viabilidad económica de la continuidad de la explotación, indicando específicamente los recursos a afectar.

El proyecto económico a desarrollar contemplará prioritariamente la actividad y participación de los miembros de la cooperativa, y deberá ser aprobado por la autoridad de aplicación en el término de veinte (20) días contados desde la presentación del proyecto económico.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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