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El Estado nacional resarcirá a los ex trabajadores o derechohabientes de Altos Hornos Zapla con dere Artículo 3 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

El Estado nacional resarcirá a los ex trabajadores o derechohabientes de Altos Hornos Zapla con derecho al Programa de Propiedad Participada Nacional
Artículo 3.

El resarcimiento que se establece en la presente ley será el resultado de valorar las siguientes pautas:

a) La cantidad de acciones que cada ex agente debió percibir a la fecha de la privatización de Altos Hornos Zapla.

b) El valor de cada acción será valuado en cuatro pesos con ochenta y siete centavos ($ 4,87) a junio de 2004, monto que fuera aceptado por el Estado nacional en los diferentes decisorios judiciales emitidos por la excelentísima CNACCF (Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal), en los casos entablados por los ex trabajadores de Altos Hornos Zapla para el reconocimiento de los PPP.

1. En consecuencia, el valor de cada acción será el de diecisiete pesos con sesenta y tres centavos ($ 17,63), fundado en las pautas que a continuación se detallan:

1. Valor de cada acción a junio de 2004 (de conformidad a la doctrina establecida por el Poder Judicial de la Nación y que se encuentra firme) cuatro pesos con ochenta y siete centavos ($ 4,87), con más el coeficiente de actualización a julio de 2010 (de acuerdo IPC-INDEC que es de 1,6863) que arroja un valor actualizado a julio de 2010: ocho pesos con veintiún centavos ($ 8,21) por cada acción.

2. Asimismo el interés aplicable por la mora en el pago (tasa aplicable en materia de intereses judiciales) es la del Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento a treinta (30) días plazo vencido —no capitalizable— hasta julio 2010: 114,7517%; esta operación determina que el valor total de cada acción es de diecisiete pesos con sesenta y tres centavos ($ 17,63).

3. Al valor determinado en el ítem anterior para cada acción 2), se le adicionará un porcentaje por antigüedad, el cual se establece en el uno por ciento (1%) por año de antigüedad laboral que correspondería a cada ex trabajador.

c) Este resarcimiento económico previsto en la presente ley se extiende, también a todos aquellos ex trabajadores o sus derechohabientes que por cualquier razón no pudieron acogerse al Programa de Propiedad Participada de Altos Hornos Zapla, o que, incorporados al programa, hubiesen sido excluidos.



Nacional Artículo 3 Derecho al programa de propiedad participada para los ex trabajadores o derechohabientes de Altos Hornos Zapla
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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