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Ejercicio Profesional de los Psicopedagogos y creación del Colegio Profesional de Psicopedagogos Artículo 6 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ejercicio Profesional de los Psicopedagogos y creación del Colegio Profesional de Psicopedagogos Jujuy
Artículo 6.

Podrán ejercer la profesión de Psicopedagogo/a quienes:

a) Se encuentren inscriptos en la matrícula del Colegio Profesional de Psicopedagogos de la Provincia de Jujuy;

b) Posean título habilitante de Psicopedagogo, Licenciado en Psicopedagogía, otorgado por Universidad Nacional, Provincial o Privada, o Instituciones Superiores No Universitarias Estatales o Privadas, cuya duración no sea menor a cuatro (4) años, habilitadas por el Estado, conforme a la legislación vigente, o título equivalente reconocido como tal por las autoridades pertinentes;

c) Para los títulos de Magister en Psicopedagogía, Doctorado en Psicopedagogía o cualquier otra certificación de postgrado u otros que surjan, rige exhaustivamente lo estipulado anteriormente respecto al título de base.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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