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Ejercicio Profesional de los Psicopedagogos y creación del Colegio Profesional de Psicopedagogos Artículo 42 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ejercicio Profesional de los Psicopedagogos y creación del Colegio Profesional de Psicopedagogos Jujuy
Artículo 42.

Son funciones de la Asamblea:

a) Dictar sus reglamentos y elegir sus autoridades;

b) Aprobar o rechazar en forma total o parcial, la Memoria y Balance de cada ejercicio que le someterá el Consejo Directivo;

c) Aprobar el Código de Ética y sus modificaciones;

d) Aprobar o rechazar, en forma total o parcial, el Presupuesto y el Cálculo de Recursos del Colegio preparado por el Consejo Directivo. En caso de rechazo o falta de aprobación quedará automáticamente prorrogado el Presupuesto y el Cálculo del año anterior;

e) Fijar las cuotas periódicas, las multas y contribuciones extraordinarias y los mecanismos de actualización;

f) Remover o suspender en el ejercicio de sus cargos por el voto de dos terceras partes del total de sus miembros, al Presidente y/o miembros del Consejo Directivo, y/o del Tribunal de Ética y Disciplina por grave inconducta, incompatibilidad o inhabilidad en el desempeño de sus funciones;

g) Autorizar al Consejo Directivo a efectuar actos de adquisición o disposición de los bienes inmuebles, con el voto, de las dos terceras partes de los colegiados.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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