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Ejercicio Profesional de los Psicopedagogos y creación del Colegio Profesional de Psicopedagogos Artículo 21 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ejercicio Profesional de los Psicopedagogos y creación del Colegio Profesional de Psicopedagogos Jujuy
Artículo 21.

El interesado cuya inscripción fuese rechazada podrá presentar nueva solicitud acreditando que han desaparecido las causales que fundaron la denegatoria. Si a pesar de ello fuera nuevamente rechazada, no podrá presentar nueva solicitud sino con intervalo de 6 (seis) meses.- Ante la decisión denegatoria de la matrícula, el interesado podrá interponer recurso de reconsideración ante el Colegio, el que deberá ser presentado debidamente fundado y en el término de 5 (cinco) días hábiles de notificada la denegatoria.- El Colegio tendrá 30 (treinta) días para expedirse, a cuyo término el interesado podrá considerar denegado su recurso si no hubiere pronunciamiento expreso.- Dentro de los 10 (diez) días hábiles de notificado el rechazo del recurso de reconocimiento o del vencimiento del plazo previsto en el párrafo anterior, el interesado podrá recurrir por vía de apelación, en forma directa y fundamentando su recurso ante el Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy.-

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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