Lengua de Señas Argentina (LSA). Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27710

Artículo 1.

Adhiérase la provincia de La Rioja en su totalidad a la Ley Nacional Nº 27.710 - Lengua de Señas Argentina (LSA) -, sancionada por el Congreso de la Nación con fecha 13 de abril del corriente año.



Artículo 2.

Facúltase a la Función Ejecutiva para fomentar e impulsar, en los distintos ámbitos de su competencia, el acceso y el uso de la Lengua de Señas Argentina (LSA) a todas las personas que, por cualquier motivo, elijan comunicarse en dicha lengua.



Artículo 3.

Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.