La presente Ley tiene por objeto implementar campañas permanentes de concientización sobre los riesgos de la inhalación de monóxido de carbono, las acciones necesarias para prevenirla y la importancia de la revisión y mantenimiento periódico por parte de profesionales habilitados de los aparatos que funcionan a gas.
Institúyese el día 21 de Marzo de cada año como "Día Provincial de la Prevención de Intoxicaciones por Monóxido de Carbono".
Son facultades de la Autoridad de Aplicación:
a) Desarrollar campañas publicitarias de concientización y difusión sobre los riesgos, las medidas de detección y prevención, los síntomas de la intoxicación por monóxido de carbono, en especial durante la época invernal. En todos los casos debe incluir teléfonos, direcciones y contactos útiles para consultas y urgencias.
b) Celebrar, convenios con las empresas proveedoras de gas natural para la realización de inspecciones gratuitas a los usuarios para evaluar y advertirlos de potenciales peligros, desperfectos en los aparatos que funcionan a gas o deficiencias en la ventilación de inmuebles.
c) Celebrar convenios con las productoras y distribuidoras de gas envasado para incluir en los envases de gas etiquetas informativas sobre los peligros del monóxido de carbono y las medidas para prevenir la intoxicación.
d) Llevar a cabo otras acciones conducentes para el cumplimiento de los fines de la presente Ley.
El Poder Ejecutivo Provincial determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Comuníquese al Poder ejecutivo.