Institúyese el 8 de Octubre de cada año como el "Día de la Dislexia y las Dificultades Específicas del Aprendizaje" en el ámbito de la provincia de Salta.
El Poder Ejecutivo Provincial arbitrará las medidas necesarias para la organización de actividades tendientes a la difusión y concientización de la Dislexia y las Dificultades Específicas del Aprendizaje, con el objeto principal de contribuir a la detección temprana y garantizar una educación inclusiva y equitativa.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.