Aprueba la Adenda III entre la Provincia Del Chubut y el Ministerio de Transporte de la Nación con el fin de formalizar la Compensación Tarifaria a favor del Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del Interior del País

Artículo 1.

Apruébese en todos sus términos la Adenda III al Convenio 2022-1 36405352-APN- DGD#MTR, suscripta el 19 de diciembre de 2022 entre la Provincia del Chubut representada por el señor Cristian Horacio AYALA, en su carácter de Ministro de Gobierno y Justicia, y el Ministerio de Transporte de la Nación, representado por el señor Marcos César FARINA, en su carácter de Secretario de Articulación Interjurisdiccional, para la formalización del "Fondo de Compensación al Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del Interior del País", creado por el artículo 125° de la Ley Nacional N° 27.467, de gastos y recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, el cual ha sido prorrogado por el artículo 72° de la Ley Nacional N° 27.591, prorrogado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 882, de fecha 23 de diciembre de 2021; el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 829, de fecha 13 de diciembre de 2022 y su reglamentación por las Resoluciones N° 82, de fecha 11 de febrero de 2022, N° 263, de fecha 3 de mayo de 2022, N° 401, de fecha 25 de junio de 2022 y N° 923, de fecha 15 de diciembre de 2022, todas del Ministerio de Transporte de Nación, que fuera protocolizada el 22 de diciembre de 2022 al Tomo: 4 Folio: 287, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno.



Artículo 2.

LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.