La provincia adhiere a la Ley 27.153, de Ejercicio Profesional de la Musicoterapia

Artículo 1.

Adhiérase la provincia de Catamarca a la Ley N° 27.153, de Ejercicio Profesional de la Musicoterapia.



Artículo 2.

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los noventa (90) días desde su publicación en el Boletín Oficial.



Artículo 3.

La Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Salud de la Provincia de Catamarca o el organismo que en el futuro lo reemplace.



Artículo 4.

De forma.