Sistema de Areas Naturales Protegidas en el territorio

Artículo 1.

Se declara Área Natural Protegida, en la categoría Reserva de Usos Múltiples, de conformidad a lo establecido en el Capítulo VII de la Ley N° 10479 al Establecimiento "La Porota", que consta de una fracción de campo compuesto por dos parcelas, ubicado en las coordenadas: esquina NO: 31°43'14.96" S - 60°19'27.72" O; esquina NE: 31°43'21,73" S - 60°18"46.77" O; esquina SO: 31°43"56,86" S - 60°18'52.98" O; y esquina SE: 31°43'56,53" S - 60°18'45.10" O; en el área de la Cuenca del Arroyo Las Conchas, Distritos Espinillo y Tala, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos, plano de mensura registrado en la Dirección de Catastro de la Provincia bajo: Parcela Sur N° 124.707, Partida N° 141073/1 y Parcela Norte N° 124.813, Partida N° 31435/7, contando entre ambas con una superficie total de ochenta y seis hectáreas, cincuenta y siete áreas, cincuenta y seis centiáreas (86 Has. 57 As. 56 Cas.), dentro de los siguientes límites y linderos:

Parcela Sur NORTE: Arroyo Las Conchas;

ESTE: recta Arroyo-11 al rumbo SO 20°16' de setecientos catorce metros treinta siete centímetros (614,37 m) con Horacio del Castillo;

SUR: recta 11-1 al rumbo NO 83°19' de doscientos un metro veintisiete centímetros (201,27 m) con camino público (ex Ruta 126);

OESTE: recta 1-2 al rumbo NE 12°53' de ochenta y cinco metros cincuenta y dos centímetros (82,52 m.) recta 2- 3 al rumbo NE 14'31' de ochenta y cuatro metros ochenta y un centímetros (84,81 m), recta 3-4 al rumbo NE 18°49' de noventa y dos metros cincuenta y un centímetros (92,51 m) todas con Miguel L. Deshayes y recta 4- Arroyo al rumbo NE 1°13' de cuatrocientos trece metros cuarenta y tres centímetros (414,43 m) con Juvencio Deshayes y otros;

Parcela Norte NORTE: recta Arroyo-2 al rumbo SE 80°53' de mil ciento once metros cuarenta y siete centímetros (1.111,47 m) con calle cerrada por medio con Mario Colignón, Alberto M. Cersofios y Horacio del Castillo;

ESTE: recta 2-Arroyo al rumbo 80.13°54' de setenta y siete metros treinta y dos centímetros (67,32 m) con calle cerrada por medio con Horacio del Castillo;

SUR: Arroyo Las Conchas; OESTE: Arroyo Las Conchas.



Artículo 2.

Se le asigna al Área Natural Protegida "La Porota", la categoría de manejo "Reserva de Uso Múltiple" de conformidad a lo establecido por la Ley N° 10479 y su decreto reglamentario.



Artículo 3.

Al inmueble declarado Área Natural Protegida le corresponde una reducción del cuarenta por ciento (40%) de la carga tributaria del Impuesto Inmobiliario y sobre la superficie específicamente asignada a reserva; de conformidad a lo establecido por el Art. 6° de la Ley 10479 y el artículo 6° Inc. e) del Decreto Reglamentario N° 2474/19 MP.



Artículo 4.

El establecimiento debe gestionarse bajo el estricto cumplimiento del plan de manejo del área de conformidad a lo establecido por los Art. 23 y 29 de la Ley N° 10479, o los que los sustituyeran en el futuro.



Artículo 5.

Comuníquese, etcétera.