Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia un inmueble ubicado en el departamento Capital

Artículo 1.

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia un (1) inmueble ubicado en el departamento Capital, que responde a las siguientes características:

Propietario: Cooperativa de Consumo, Crédito y Vivienda de Obreros y Empleados Municipales Ltda. Ubicación:

Capital de La Rioja. Colindantes: Noreste: Circ. I - Secc. "B" - Manzana 366 - Parc. "al" (remanente). Suroeste: Circ. I - Secc.

"B" - Manzana 366 - Parc. "j" (Plano Disp. Nº 10992). Noroeste:

calle pública, acueducto Faldeo del Velazco. Sureste: Avda.

Pública. Nomenclatura Catastral: Departamento 01 - Circunscripción I - Sección "B"- Manzana 366- Parcela "al" (parte). Matrícula Registral: C - 22837. Antecedente Dominial:

Plano de División s/Disposición Nº 12.877/98. Superficie Total:

1 ha 2046,27 m2.



Artículo 2.

Las medidas, linderos y superficie definitivos surgirán del Plano de Mensura que, a tales efectos, se elaboren y sean aprobados por los organismos competentes.



Artículo 3.

El inmueble objeto de la expropiación será destinado al proceso de regularización dominial que surge del Registro Provincial de Barrios y Asentamientos Populares, conforme al "Plan Angelelli" de desarrollo e integración urbana.



Artículo 4.

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán tomados de Rentas Generales, con imputación a las mismas.



Artículo 5.

Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.