Adhiérese la Provincia de Córdoba a las disposiciones de la Ley Nacional N° 27674 de Creación del Régimen de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer, su reglamentación y demás normas complementarias.
La Autoridad de Aplicación de la presente Ley es el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba o el organismo que lo sustituya en sus competencias, la que, en los aspectos que así lo requieran, actuará de manera coordinada y con la colaboración de las jurisdicciones de la Administración Centralizada, Descentralizada, Agencias, y demás organismos del Estado Provincial, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Facúltase a la Autoridad de Aplicación de la presente Ley a dictar reglamentos, protocolos de actuación y normas de aplicación, así como disponer las acciones que resulten conducentes y celebrar convenios, tanto con entidades del sector público como del sector privado, para la adecuada implementación, desarrollo y ejecución del "Régimen de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer".
Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas, a efectuar las adecuaciones presupuestarias que se requieran para el cumplimiento de la presente Ley.
Invítase a los municipios y comunas de la Provincia de Córdoba a adherir a la presente Ley, mediante el dictado de las normas pertinentes.
Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.