Declárase Patrimonio Histórico y Cultural provincial, incorporado definitivamente al Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley N° 10.419 y modificatorias, al Centro Cultural Don Cipriano de la ciudad y partido de Azul, designado catastralmente como Circunscripción 1, Sección H, Quinta 102, Manzana 102 b, Parcela 9 c, Partida Inmobiliaria 9145.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.