Prórroga de la suspensión de los plazos de ejecuciones hipotecarias de vivienda única y familiar

Artículo 1.

Prorrógase hasta el día 31 de diciembre del año 2023 el plazo establecido en el Artículo 1 de la Ley N° 8.214 y sus modificatorias -Suspende los plazos de ejecuciones hipotecarias de vivienda única y familiar.



Artículo 2.

Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.