Autorizan donación de unidad automotor a la Asociación Civil Cooperadora del Hospital Rural de El Hoyo

Artículo 1.

Autorizase al Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Salud, a donar a la Asociación Civil "Cooperadora del Hospital Rural de El Hoyo", de dicha localidad, en el estado que se encuentran, la cantidad de una (1) unidad automotor, cuyo detalle obra en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ley.



Artículo 2.

La donación referida en el artículo anterior será con cargo a que el bien donado sea enajenado y su producido se destine a la adquisición de elementos necesarios, con destino a la asociación civil "Cooperadora del Hospital Rural de El Hoyo", en beneficio de la comunidad.



Artículo 3.

Autorizase al Ministerio de Salud a realizar la entrega del bien y otorgar al mismo la baja patrimonial definitiva.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.