Donación de lotes a favor del Instituto Provincial de la Vivienda con el fin de construir viviendas

Artículo 1.

Autorícese a la Municipalidad de General San Martín a donar con cargo a favor del Instituto Provincial de la Vivienda, los lotes 1 a 22 de la manzana "L"; lotes 1 a 23 de la manzana "M"; lotes 6 a 9 y 11 a 14 de la manzana "N" del Barrio Palmira Crece, del Distrito Palmira, Departamento de General San Martín, Provincia de Mendoza, con el cargo de construir 53 viviendas individuales y obras complementarias de conexión a los servicios de agua, cloacas y electricidad. Las fracciones de terrenos objeto de donación citadas en el presente artículo, están individualizadas en el Plano de Mensura N° 0841781, visado por la Dirección General de Catastro, ATM - Delegación Zona Este, en el mes de mayo de 2022. Dichos lotes han sido unificados en polígonos según el siguiente detalle:

Polígono 1: Superficie según Mensura: 4603,51 m2; Superficie según Título: 4603,51 m2; Nomenclatura Catastral: 08-2540262-6342314-0000-8; Padrón Rentas: 08-464088-5.

Polígono 2: Superficie según Mensura: 6682,88 m2; Superficie según Título: 6682,88 m2; Nomenclatura Catastral: 08-2540243-6342251-0000-3; Padrón Rentas: 08-464089-4.

Polígono 3: Superficie según Mensura: 1276,34 m2; Superficie según Título: 1276,34 m2; Nomenclatura Catastral: 08-2540327-6342201-0000-4; Padrón Rentas: 08-464090-1.

Polígono 4: Superficie según Mensura: 1279,11 m2; Superficie según Título: 1279,11 m2; Nomenclatura Catastral: 08-2540372-6342197-0000-1; Padrón Rentas: 08-464091-0.

TOTAL:

Superficie según Mensura: 1 ha. 3841,84 m2.

Superficie según Título: 1 ha. 3841,84 m2.

Los polígonos se encuentran inscriptos en la Dirección de Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza:

Título I: Asiento A-2 Matrícula SIRC0800368764 Título II: Asiento A-2 Matrícula 368765/08.



Artículo 2.

Autorícese al Instituto Provincial de la Vivienda a aceptar la donación con cargo con el objeto de construir viviendas individuales y obras complementarias de conexión a los servicios de agua, cloacas y electricidad, de los lotes 1 a 22 de la manzana "L"; lotes 1 a 23 de la manzana "M"; lotes 6 a 9 y 11 a 14 de la manzana "N" del Barrio Palmira Crece, del Distrito Palmira, Departamento de General San Martín, Provincia de Mendoza, con el cargo de construir 53 viviendas individuales y obras complementarias de conexión a los servicios de agua, cloacas y electricidad. Las fracciones de terrenos objeto de donación, citadas en el presente artículo, están individualizadas en el Plano de Mensura N° 0841781, visado por la Dirección General de Catastro, ATM - Delegación Zona Este, en el mes de mayo de 2022. Dichos lotes han sido unificados en polígonos según el siguiente detalle:

Polígono 1: Superficie según Mensura: 4603,51 m2; Superficie según Título: 4603,51 m2; Nomenclatura Catastral: 08-2540262-6342314-0000-8; Padrón Rentas: 08-464088-5.

Polígono 2: Superficie según Mensura: 6682,88 m2; Superficie según Título: 6682,88 m2; Nomenclatura Catastral: 08-2540243-6342251-0000-3; Padrón Rentas: 08-464089-4.

Polígono 3: Superficie según Mensura: 1276,34 m2; Superficie según Título: 1276,34 m2; Nomenclatura Catastral: 08-2540327-6342201-0000-4; Padrón Rentas: 08-464090-1.

Polígono 4: Superficie según Mensura: 1279,11 m2; Superficie según Título: 1279,11 m2; Nomenclatura Catastral: 08-2540372-6342197-0000-1; Padrón Rentas: 08-464091-0.

TOTAL:

Superficie según Mensura: 1 ha. 3841,84 m2.

Superficie según Título: 1 ha. 3841,84 m2.

Los polígonos se encuentran inscriptos en la Dirección de Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza:

Título I: Asiento A-2 Matrícula SIRC0800368764 Título II: Asiento A-2 Matrícula 368765/08.



Artículo 3.

La donación autorizada en la presente Ley, se realizará con el cargo de construir viviendas individuales y obras complementarias de conexión a los servicios de agua, cloacas y electricidad.



Artículo 4.

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, serán soportados por la Municipalidad de General San Martín.



Artículo 5.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.