Todo cartel de obra pública del Estado Provincial deberá incluir una frase o lema de concientización para la prevención de la violencia de género y el número telefónico dedicado al servicio gratuito de ayuda y denuncia.
El Poder Ejecutivo determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
La disposición del texto estipulado en el artículo 1º de la presente, su formato, diseño y contenido será determinado en cada caso por la Autoridad de Aplicación.
El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará la presente Ley dentro del término de treinta (30) días, contado a partir de su promulgación.
Comuníquese al Poder Ejecutivo