Establecen la gratuidad de ingreso a todas las áreas naturales protegidas, para alumnos, docentes y acompañantes de cuarto grado del nivel inicial primario, de los ámbitos públicos y privados

Artículo 1.

Establézcase la gratuidad de ingreso a todas las áreas naturales, actuales y futuras, comprendidas por el Sistema de Áreas Naturales Protegidas de la Provincia del Chubut para los alumnos, docentes y acompañantes del cuarto grado del nivel primario, de los ámbitos públicos y privados, que presenten en el puesto de control de acceso a estas áreas el aval correspondiente emitido por el Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut.



Artículo 2.

La Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas.



Artículo 3.

Invitase a los municipios y comunas rurales a adherir a la presente Ley para incorporar sus áreas naturales protegidas municipales o comunales.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo