Impónese el nombre de "Cabalgata de la Fe" al tramo de la Ruta Provincial N° 4 comprendido entre su empalme con la Ruta Nacional N° 16 y el Parque Provincial de Pampa del Indio.
La autoridad de aplicación de la presente ley determinará, en coordinación con las autoridades competentes y con los organizadores de la "Cabalgata de la Fe", el diseño, ubicación, colocación de la señalética correspondiente a fin de visibilizar el inicio y fin del tramo mencionado en el artículo 1°.
Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial para que a través de los organismos correspondientes coordine la celebración del acto inaugural.
El Poder Ejecutivo Provincial determinará la autoridad de aplicación de la presente ley.
Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.