Bonificación por Título para el personal Policial y el Servicio Penitenciario Provincial

Artículo 1.

Establécese a partir del 1 de marzo del año 2022, la Bonificación por Título, la cual consistirá en el pago de un porcentaje computado sobre las sumas del Sueldo Básico más el complemento de Riesgo Profesional a todo Personal Policial que acredite poseer: Título de nivel secundario, superior no universitario, universitario o de posgrado, otorgados por establecimientos educativos provinciales, nacionales o internacionales, públicos o privados, reconocidos oficialmente, independientemente del escalafón en que reviste y de la función que cumpliese el funcionario policial y penitenciario, conforme a lo siguiente:

a) Secundario: 17,5%.

b) Superior no universitario con plan de estudio igual o superior a tres años, expedido por instituto de nivel superior o terciario: 20,5%.

c) Títulos universitarios de pregrado: 22%.

d) Títulos universitario de grado - carreras con plan de estudio inferior a cinco años: 25%.

e) Títulos universitarios de grado - carreras con plan de estudio de cinco años o más: 27%.

f) Título de posgrado especialidad con plan de estudio igual o superior a 18 meses: 29%.

g) Título de posgrado - Magister: 31%.

h) Título de posgrado- Doctorado: 33%.



Artículo 2.

Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarías correspondientes.



Artículo 3.

El gasto que demande la aplicación de las medidas dispuestas en la presente serán imputados a las respectivas partidas de las Jurisdicciones 21: Policía Provincial y 36: Servicio Penitenciario Provincial, conforme con su naturaleza.



Artículo 4.

Lo dispuesto por esta ley se correlaciona con el decreto del Poder Ejecutivo 493/22.



Artículo 5.

Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.