Declárese de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles establecidos en la Ordenanza N° 37.597

Artículo 1.

Declárese de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles establecidos en la Ordenanza N° 37.597, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Concordia el 28 de abril de 2022 y promulgada por el Departamento Ejecutivo Municipal de Concordia en fecha 5 de mayo del mismo año, todos localizados en el Departamento Concordia, Municipio de Concordia, Ejido de Concordia, conforme se detalla seguidamente inmuebles ubicados entre las calles Angel Repetto y Juana Fernández, inscripto bajo la Partida Provincial 127.597, Partida Municipal 51237, Plano 1, Superficie 2.200 m2.



Artículo 2.

Dispónese que la presente expropiación tendrá como fin específico y determinado la radicación definitiva de los grupos familiares que actualmente se encuentran habitando allí.



Artículo 3.

Autorízase a la Municipalidad de Concordia a gestionar la adquisición en forma directa, conforme a la estimación efectuada por el Consejo de Tasaciones de la Provincia, del inmueble declarado sujeto a expropiación de acuerdo al artículo 1° de la presente ley.



Artículo 4.

Comuníquese, etcétera.