Institúyese en todo el ámbito provincial el día 9 de junio de cada año como el Día de Socialización del Síndrome de Münchausen por Poderes.
El Síndrome de Münchausen por Poderes (SMP) constituye una forma de maltrato infantil de alto riesgo, de difícil diagnóstico, que a menudo pasa desapercibido durante semanas, meses o años, provocando graves complicaciones e incluso la muerte a quien padece la enfermedad.
Determinase que es una forma peculiar de maltrato en el que uno de los padres -generalmente la madre- simula la existencia o provoca síntomas o signos en el niño con el objeto de buscar asistencia médica y maniobras diagnosticas o terapéuticas costosas o de riesgo.
El término fue aplicado en honor del hijo del barón Münchausen, el cual murió a la edad de 10 meses de forma misteriosa.
La presente ley tiene como objetivos los siguientes:
a) Socializar el Síndrome de Münchausen por Poderes y brindar información a la población en general.
b) Asesorar a docentes y personal a cargo de la atención primaria de salud, frente a casos de sospecha de padecimiento de la enfermedad.
c) Promover la capacitación permanente sobre el síndrome destinada al personal de Salud Pública de la Provincia y a los docentes.
d) Realizar campañas de difusión, información y prevención sobre las implicancias del Síndrome de Münchausen por Poderes, y las señales de alerta con el fin de lograr la detección precoz del mismo.
e) Recabar información y publicar cada año las novedades científicas relacionados con el síndrome.
Incorporase la fecha establecida en el artículo 1°, al calendario oficial de efemérides del Estado Provincial.
Establécese como autoridad de aplicación los Ministerios de Salud Pública y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, en cumplimiento del artículo 5°.
Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo