Autorización al señor Gobernador de la Provincia para ausentarse del país durante el año 2022

Artículo 1.

Autorizase, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 68 de la Constitución Provincial, al señor Gobernador de la Provincia a ausentarse del país durante el año 2022. El señor Gobernador informará previamente a la Legislatura Provincial en cada oportunidad que haga uso de esta autorización.



Artículo 2.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.