Se autoriza al Poder Ejecutivo a transferir a título de donación a la Municipalidad de Cinco Saltos, los inmuebles designados catastralmente bajo las nomenclaturas 02-1-D-004-15-0 y 02-1-D-008-12, respectivamente.
La donación autorizada en el artículo precedente se rige por las disposiciones de la ley A nº 3682 y tiene como cargo, la creación de un espacio para actividades comunitarias, culturales, deportivas y turísticas.
Se establece el plazo de cinco (5) años contados desde la entrada en vigencia de la presente, para el cumplimiento del cargo de la donación autorizada.
Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.