Declárase de utilidad pública e interés social y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Charadai, Departamento Tapenagá, que será destinado a la construcción de un centro de inclusión municipal para albergar personas mayores en situación de calle o que sus familiares no pudieran darle albergue por razones de lugar. O falta de medios, cuyos datos identificatorios se detalla a continuación:
NOMENCLATURA CATASTRAL: Sección B, del Lote 24, Sección I, Fracción A, Departamento Tapenagá, individualizado como:
Parcela 2, afecta la forma de rectángulo cuyo lados N.E. y S.O. miden 150mts. y los lados N.O. y S.O. 1.300mts, linda N.E., S.E. y S.O. terrenos de la parcela 2b. y al N.O. en una porción. Terreno de la parcela 2b. y en otra calle e/m del pueblo de Charadai que se halla ubicado en el mismo Lote 24, superficie de 7 has. 80as.
INSCRIPCIÓN: Folio Real Matrícula N° 467- Departamento Tapenagá- Antecedente Dominial: Tomo 1, Folio 87, N° 315, año 1962.
PROPIETARIOS: O'Connor, Elvio Douglas, L.E. 7.435.831, O'Connor de Djurdjevic, Betty Lidia C.I. 155462; O'Connor, Berthi Delvi Michael L.E. 6.239.669 y O'Connor de Schreiber, Doly Esther.
Facúltase al Poder Ejecutivo a tramitar la presente expropiación del inmueble mencionado precedentemente y a transferir a precio simbólico a la Municipalidad de Charadai, para dar cumplimiento al fin previsto.
No podrán acceder a los beneficios de esta ley, las personas que sean propietarias de otros inmuebles dentro del territorio provincial.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, será imputado a la partida específica del Presupuesto de la Municipalidad de Charadai.
Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.