Ratificación de la vigencia de la declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación dispuesta por la Ley Nº 10.656, en relación a los inmuebles individualizados en la primera y manteniendo el destino en ella previsto

Artículo 2.

Facúltase al Poder Ejecutivo para realizar las modificaciones y/o adecuaciones presupuestarias necesarias para atender el gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior.



Artículo 3.

Decláranse de Utilidad Pública y sujetos a expropiación los inmuebles afectados por la obra: "Ruta Provincial Nº 23 Tramo: Pronunciamiento - 1º de Mayo - Villa Elisa", conforme el detalle consignado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.



Artículo 4.

La Dirección Provincial de Vialidad propiciará las adecuaciones presupuestarias para atender los gastos que demanden las expropiaciones según la estimación de costos que en cada caso efectúe el Consejo de Tasaciones de la Provincia de Entre Ríos.



Artículo 5.

Comuníquese, etcétera.