Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en la ciudad de Alderetes, departamento Cruz Alta, identificados con las siguientes Nomenclaturas Catastrales:
- Padrón N° 671.969; Circunscripción: I; Sección: K; Lámina:
169; Parcela: 111 A;
Matrícula: 2.027; Orden: 1.097; e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N° A-6533.
- Padrón N° 672.577; Circunscripción: I; Sección: K; Lámina:
169; Parcela: 112 F 5;
Matrícula: 2.026; Orden: 1.104; e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N° A-9499.
- Padrón N° 673.726; Circunscripción: I; Sección: K; Lámina:
169; Parcela: 112 F 6;
Matrícula: 2.026; Orden: 1.114; e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N° A-9499.
Los inmuebles descriptos en el artículo precedente serán destinados a la construcción de un Complejo Habitacional.
Facúltase al Poder Ejecutivo para que, a través de sus oficinas técnicas, procedan a la elaboración de los planos de mensura y división.
Facúltase a la Escribanía de Gobierno de la Provincia, para la elaboración de las escrituras traslativas de dominio.
Facúltase al Poder Ejecutivo a prescindir, por razones de urgencia, del procedimiento administrativo de avenimiento expropiatorio, previsto en el Artículo 14 de la Ley N° 5006
Comuníquese